¿Cuánto tarda en cobrarse la indemnización por fallecimiento de la ART? | Luctus Legal
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¿Cuánto tarda en cobrarse la indemnización por fallecimiento de la ART?

Publicado el 27 de agosto de 2026 · Equipo Profesional Luctus Legal
En resumen
La ART tiene 15 días para expedirse sobre el monto que reconoce (Ley 26.773, art. 4°) — pero en casos de fallecimiento, ese plazo arranca recién cuando se acredita quiénes son los derechohabientes, no el día de la muerte. Expedirse tampoco es pagar: el acuerdo todavía tiene que homologarse ante la Comisión Médica Jurisdiccional. En la práctica, entre el fallecimiento y el cobro efectivo suelen pasar entre 3 y 12 meses.

Cuando fallece un trabajador por un accidente laboral o in itinere, es común escuchar que "la ART tiene 15 días para pagar". Es una idea incompleta, y aclararla evita mucha frustración innecesaria.

La Ley 26.773 (art. 4°), reglamentada por el Decreto 472/2014, dice que la ART tiene 15 días corridos para expedirse: notificar formalmente qué monto reconoce. En los casos de fallecimiento, ese plazo no suele computarse desde el día de la muerte del trabajador, sino que comienza a correr desde que se acredita quiénes son los derechohabientes: cónyuge, conviviente, hijos, u otros familiares según corresponda.

Acreditar a los derechohabientes: el paso que no se puede saltar

Acreditar esa condición no es automático. Hay que presentar partidas, DNI, y en el caso de parejas de hecho, probar la convivencia (con inscripción registral, o al menos cinco años de convivencia acreditada por otros medios). Mientras esa documentación no esté completa, el plazo de 15 días todavía no empieza a correr.

Expedirse no es pagar

Recién con los derechohabientes acreditados, la ART tiene esos 15 días para expedirse. Cabe aclarar también que expedirse no es pagar: en los casos de fallecimiento, el acuerdo tiene que pasar por el Servicio de Homologación de la Comisión Médica Jurisdiccional antes de que el pago sea exigible.

En la práctica: entre 3 y 12 meses

Sumando la acreditación, la investigación del caso, el ofrecimiento de la ART —muchas veces por debajo de lo que corresponde— y la homologación, puede transcurrir entre el fallecimiento y el cobro efectivo un plazo de entre 3 y 12 meses.

Por eso conviene empezar a reunir la documentación de los derechohabientes cuanto antes, y revisar cualquier ofrecimiento antes de firmarlo: una vez homologado, ya no se puede volver atrás.

Preguntas frecuentes

¿Es cierto que la ART tiene 15 días para pagar la indemnización por fallecimiento?
No exactamente. La Ley 26.773 (art. 4°), reglamentada por el Decreto 472/2014, le da a la ART 15 días corridos para expedirse: notificar formalmente qué monto reconoce. Pero en los casos de fallecimiento, ese plazo no se computa desde la muerte del trabajador, sino desde que se acredita quiénes son los derechohabientes.
¿Quiénes son los derechohabientes en un caso de fallecimiento laboral?
En primer lugar, el cónyuge o conviviente y los hijos. En su ausencia, acceden los padres del trabajador, y luego otros familiares a cargo según el orden que establece la normativa. Acreditar esta condición requiere partidas, DNI y, en el caso de convivientes, prueba de la convivencia.
¿Cuánto tarda en la práctica en cobrarse la indemnización?
Sumando la acreditación de los derechohabientes, la investigación del caso, el ofrecimiento de la ART y la homologación ante el Servicio de Homologación de la Comisión Médica Jurisdiccional, en la práctica el plazo suele ser de entre 3 y 12 meses.
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